lunes, 26 de marzo de 2012


ORGANISMOS OFICIALES Y GUBERNAMENTALES


UNESCO (United Nations Educational Scientific and Cultural Organization)
La UNESCO tiene como objetivo último la contribución a la paz y a la seguridad, promoviendo la colaboración entre naciones, mediante la educación, la ciencia y la cultura.


UNICEF (United Nations International Children’s Emergency Fund)
Se creó mediante una resolución de la asamblea de la Organización de las Naciones Unidas en 1946 para atender a los niños europeos. En 1953 adquiere carácter permanente y cambia de nombre a fondo de las naciones unidas.


La OMEP (Organisation Mondiale pour l`Education Prescolaire)
Se creó en Praga en 1948 después de la Segunda Guerra Mundial a partir de la UNESCO. Asimismo coopera y mantiene contactos con otras organizaciones tales como: la UNICEF, en temas relacionados con la salud infantil y con otras asociaciones como la ACEI (Association for Chilhood Internacional), la 
ECOSOC (Consejo Económico Social de las naciones Unidas), etc. En temas relacionadas con la defensa del bienestar del niño. La OMEP trabaja en todo lo concerniente a la problemática de la primera infancia.


Existen otros organismos que recogen en parte los derechos del niño. 
Uno de ellos es la OMS (Organización Mundial de la Salud), que defiende la salud como bienestar físico, psíquico y social. La OCDE también se ha interesado por algunas cuestiones vinculadas a la infancia.


ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES (ONG)
Son asociaciones de ciudadanos sin ánimo de lucro que atienden a colectivos marginales. Se caracterizan por su carácter voluntario, vocacional y gratuito en el sentido de que las relaciones que se establecen no entran en los circuitos del trabajo retribuido. El número de ONG que operan en todo el mundo es muy amplio. Algunas de las más destacadas en su actuación sobre la infancia son:


Casa alianza: Organización independiente y sin ánimo de lucro dedicada a la defensa y recuperación de niños de la calle en Guatemala, Honduras, México y Nicaragua. Fundada en Guatemala en 1981 y posteriormente extendida a Honduras y a México en 1986, y a Nicaragua en 1998, Casa Alianza atiende a más de 10.000 niños de la calle al año. En un principio, la mayoría de los niños habían quedado huérfanos debido a la guerra civil.


Oxfam internacional: Organización internacional de promoción del desarrollo y lucha contra la hambruna. Fundada en Inglaterra en 1942 por Joe Mitty.


Intermon: Organización no gubernamental para el desarrollo español de la confederación Oxfam Internacional. Nació el 11 de agosto de 1956, destinado a ayudar en las misiones a Bolivia, Paraguay y la India.



Derechos del niño


DEFINICIÓN
Los derechos del niño son aquellos derechos que poseen los niños y adolescentes. Todos y cada uno de los derechos de la infancia son inalienables e irrenunciables, por lo que ninguna persona puede vulnerarlos o desconocerlos bajo ninguna circunstancia. Varios documentos consagran los derechos de la infancia en el ámbito internacional, entre ellos la Declaración de los Derechos del Niño y la Convención sobre los 


Derechos del Niño.



Declaración de los Derechos del Niño
La Declaración de los Derechos del Niño es el nombre dado a una serie de proclamaciones de derechos del niño elaboradas por Save the Children, fundada por Eglantyne Jebb en 1923. El documento original, en los archivos de la ciudad de Ginebra, lleva la firma de varios delegados internacionales, entre ellos Eglantyne Jebb, Janusz Korczak, y Gustave Ador, ex presidente de la Confederación Suiza.



Convención sobre los Derechos del Niño
La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) es un tratado internacional de las Naciones Unidas por el que los estados firmantes reconocen los derechos del niño. La convención está compuesta por 54 artículos que consagran el derecho a la protección de la sociedad y el gobierno, el derecho de los menores de 18 años a desarrollarse en medios seguros y a participar activamente en la sociedad. La CDN reconoce a los niños como sujetos de derecho, pero convierte a los adultos en sujetos de responsabilidades. Fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989.


DERECHOS
A partir de la promulgación de la Convención de 1989 se ha ido adecuando la legislación interna a los principios contemplados en la Declaración. Aunque la legislación y el sistema jurídico de cada país suele ser diferente, casi la totalidad de los países han ido consagrando medidas especiales para su protección, a nivel legislativo e incluso derechos constitucionales. Entre los Derechos del niño destacan los siguientes:
-A la vida.
-Al descanso, el esparcimiento, el juego y las actividades recreativas.
-A la libertad de expresión y a compartir sus puntos de vista con otros.
-A un nombre y una nacionalidad.
-A una familia.
-A la protección durante los conflictos armados.
-A la libertad de pensamiento, conciencia y religión.
-A la protección contra el descuido o trato negligente.
-A la protección contra el trabajo infantil y contra la explotación económica en general.
-A la información adecuada.
-A participar plenamente en la vida cultural y artística.
-Al más alto nivel posible de salud.
-A la educación.
-A un nivel de vida adecuado para su desarrollo, particularmente con respecto a la nutrición, el vestuario y la vivienda.



Organismos internacionales y su contribución a los derechos del niño.
-Incorporación de los principios de los derechos humanos en la legislación
-Establecimiento de organismos interdepartamentales y multidisciplinarios
-Creación de programas nacionales para la infancia
-Ampliación de las alianzas en favor de la niñez
-Promoción de defensores o comisionados encargados de los derechos de los niños y niñas.
-Análisis de las consecuencias de las medidas sobre la niñez
-Reestructuración de las asignaciones presupuestarias
-Enfoque en la supervivencia y el desarrollo de la infancia
-Aplicación del principio de la no discriminación
-Voluntad de escuchar las opiniones de los niños y niñas
-Establecimiento de sistemas de justicia para la niñez y la juventud.

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